La Sección Quinta del Consejo de Estado negó las pretensiones de nulidad de la elección del señor Jhorman Julián Saldaña como director general de Cormacarena, para el periodo 2024-2027

Bogotá. 2026-06-26. Se consideró que no se configuraron las irregularidades alegadas en las demandas acumuladas, toda vez que Cormacarena reanudó el proceso electoral debidamente, no existía la obligación de comunicar formalmente a la Procuraduría General de la Nación el reinicio del proceso electoral.

Así mismo, se descartaron las irregularidades relacionadas con la convocatoria y el desarrollo de las sesiones extraordinarias del Consejo Directivo de Cormacarena, puesto que el trámite se hizo, conforme a las reglas previstas en los Estatutos de la corporación.

A su vez se advirtió que el trámite de las recusaciones formuladas contra los distintos miembros del Consejo Directivo, se llevó a cabo de manera adecuada puesto que no se vio afectado el cuórum deliberatorio y decisorio, y finalmente se desestimaron los señalamientos sobre supuestas presiones, corrupción, violencia contra los electores y constreñimiento de los integrantes del Consejo Directivo, por carecer de respaldo probatorio.