2025-06-06 10:05:09. Mediante sentencia proferida el 5 de junio de 2025, la Sección Quinta del Consejo de Estado accedió a la solicitud de tutela presentada por el Señor Germán Vargas Lleras contra el presidente de la República, Gustavo Petro Urrego, por la vulneración de los derechos fundamentales al buen nombre y a la honra.
La Alta Corporación concluyó que estando en curso investigaciones administrativas (y ahora también penales) sobre posibles delitos e irregularidades cometidas en el manejo de los recursos de la Nueva EPS, el presidente de la República vulnera los derechos a la honra y el buen nombre cuando, del conjunto de sus publicaciones o de alguna de ellas, emerge una individualización de responsables que no se desprende o corresponde a los informes y avances de esas investigaciones.
En síntesis, la publicación del 8 de diciembre de 2024 se produce como continuación de las publicaciones de mayo y junio de 2024, producidas en el específico contexto de la entrega del informe del interventor de la Nueva EPS, por lo cual, una persona desprevenida podría pensar razonablemente que son parte de las conclusiones del informe.
En ese sentido, debe concluirse que la parte accionada vulneró los derechos fundamentales a la honra y al buen nombre invocados por el accionante.
Por tanto, de conformidad con los criterios y parámetros constitucionales aplicados para la solución del caso planteado, hay lugar a amparar los derechos fundamentales invocados por el accionante.