- El llamado del Ministerio Público obedece a que integrantes de las FARC estarían convocado a comunidades de la zona.
Bogotá, D. C., 23 de mayo de 2025 (@PGN_COL). La Procuraduría General de la Nación solicitó al comandante del Batallón Fluvial de Infantería de Marina Nro.32 información sobre las acciones adelantadas a propósito de la convocatoria hecha por un integrante de las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia Ejército del Pueblo (FARC EP), a diversos sectores de la comunidad de 10 zonas del departamento de Guaviare.
El Ministerio Público recibió un audio relacionado con la citación que hizo el señor Aníbal Hernández Garavito, alias “Miller Nariño” de las FARC EP, Bloque Jorge Suárez Briceño, perteneciente a las tropas de Alias “Calarcá Córdoba”; a los pescadores de la ribera del río Guaviare, veredas: Barranco Colorado, Caño Minas, Caño Negro, Mapiripán, Nare, El Mielón, Puerto Limón, Casa Roja, Los Cámbulos y San José del Guaviare, comercio y comunidad en general del municipio de Mapiripán, para que se hicieran presentes en el sitio conocido como “Barranco Colorado”, el martes 13 de mayo de 2025.
Para el Ministerio Público esta situación viola los Derechos Humanos y el Derecho Internacional Humanitario de los habitantes de esta región del país al poner en peligro la vida y la integridad de la población civil y la finalidad del Acuerdo de Paz.
Cabe anotar que el 17 de abril de 2025 se expidió el Decreto que ordenó “la suspensión de las operaciones militares ofensivas y las operaciones especiales de Policía Nacional en contra de los integrantes del autodenominado Estado Mayor de los Bloques Magdalena Medio ‘comandante Gentil Duarte’, comandante ‘Jorge Suárez Briceño’ y Frente Raúl Reyes FARC-EP».
Por ello, llamó la atención frente a estos hechos con el fin de que se adelanten las acciones pertinentes para salvaguardar y proteger la vida de los ciudadanos de este territorio, garantizando la protección del orden público, del ordenamiento jurídico y los derechos fundamentales.
La Procuraduría Regional de Instrucción de Guaviare señaló que esta acción preventiva “no implica en modo alguno coadministración o interferencia en las decisiones que corresponde tomar a las entidades; por lo tanto, las actuaciones preventivas y de control de gestión se llevan a cabo con total respeto de la autonomía de gestión y administración que les compete a las autoridades destinatarias del presente oficio (..)”.