2025-07-02 08:03:14. La Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado, en respuesta a una consulta formulada por el Ministerio del Interior, emitió el Concepto 2531 del 10 de diciembre de 2024, en el que analiza el marco normativo aplicable a la elección del secretario general de las asambleas departamentales, particularmente en relación con la aplicación del artículo 12 de la Ley 1904 de 2018.
La Sala concluyó que, mientras el Congreso de la República no expida una regulación especial sobre el procedimiento de elección de dicho cargo, las asambleas departamentales deben aplicar por analogía las disposiciones contenidas en la Ley 1904 de 2018 —que regula la elección del Contralor General de la República— conforme lo ordena el artículo 153 de la Ley 2200 de 2022.
Entre las reglas aplicables, la Sala precisó que: • La elección debe estar precedida por una convocatoria pública, conforme a lo previsto en el artículo 126 de la Constitución Política y a los artículos 19, 32 y 33 de la Ley 2200 de 2022. • La Mesa Directiva de la asamblea debe contratar una institución de educación superior, con acreditación de alta calidad, para adelantar el proceso de selección, incluida la prueba de conocimientos.
- La asamblea debe prever los recursos presupuestales necesarios y coordinar su ejecución con la Secretaría de Hacienda del departamento. • Las asambleas no pueden modificar por reglamento interno el procedimiento ni los requisitos para el cargo, por tratarse de materias de reserva legal.
Este procedimiento garantiza los principios de mérito, transparencia, participación ciudadana, equidad de género y publicidad, pilares fundamentales en el acceso a cargos públicos.
Finalmente, exhortó al Congreso y al Gobierno Nacional a expedir, a la mayor brevedad, una ley que regule de manera específica este procedimiento, en cumplimiento del artículo 126 de la Constitución.
Con este concepto, la Sala de Consulta y Servicio Civil reafirma su compromiso con la seguridad jurídica y el fortalecimiento institucional de las entidades territoriales, mediante la correcta interpretación del ordenamiento jurídico.
Este concepto, cuya reserva fue levantada mediante auto del 12 de junio de 2025, está disponible para conocimiento público.