Bogotá. La Sección Quinta de la corporación negó la nulidad del acto que declaró la elección del señor Renson de Jesús Martínez como gobernador de Arauca, para el período 2024-2027.
La providencia estudió los cargos relacionados con diferentes tipos de irregularidades en las votaciones y los escrutinios, particularmente en algunas mesas de votación de los municipios de Arauquita, Fortul, Saravena y Tame.
Con base en los antecedentes del acto acusado, la Sala concluyó que no hubo anormalidades en la custodia y entrega del material electoral, se aplicó el procedimiento legal de incineración de votos excedentes para nivelar las mesas, el número de votos no superó al de votantes y no se advirtieron diferencias injustificadas entre los formularios E-14 y E-24.
Además, se verificó que las comisiones escrutadoras tramitaron las reclamaciones y solicitudes que señaló la parte actora. También se explicó que la identificación de electores con biometría no es obligatoria. Finalmente, se reiteró que los datos del preconteo no son vinculantes y que no es posible formular cargos de falsedad en la votación con base en esos resultados preliminares.